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LEGISLACIÓN. COLEGIOS

LEGISLACIÓN. COLEGIOS
Foto: flickr - chidorian

A continuación facilitamos información sobre la legislación vigente:

  • Ley 17/2011, de 5 de julio de seguridad alimentaria y nutrición. Madrid, 6 de julio de 2011.

    • Puntos que nos afectan al colectivo celíaco:

      Artículo 40. Medidas especiales dirigidas al ámbito escolar, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición:

      Punto 4: Las escuelas infantiles y los centros escolares proporcionarán a las familias, tutores o responsables de todos los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales (intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan), la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible, y orientarán con menús adecuados, para que la cena sea complementaria con el menú del mediodía. La información sobre los citados menús será accesible a personas con cualquier tipo de discapacidad, cuando así se requiera. Asimismo, tendrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los comensales la información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, que sea exigible por las normas sobre etiquetado de productos alimenticios.

      Punto 5: En los supuestos en que las condiciones de organización e instalaciones lo permitan, las escuelas infantiles y los centros escolares con alumnado con alergias o intolerancias alimentarias, diagnosticadas por especialistas, y que, mediante el correspondiente certificado médico, acrediten la imposibilidad de ingerir, determinados alimentos que perjudican su salud, elaborarán menús especiales, adaptados a esas alergias o intolerancias. Se garantizarán menús alternativos en el caso de intolerancia al gluten.

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