LEGISLACIÓN. COLEGIOS
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| Foto: flickr - chidorian |
A continuación facilitamos información sobre la legislación vigente:
- Ley 17/2011, de 5 de julio de seguridad alimentaria y nutrición. Madrid, 6 de julio de 2011.
Puntos que nos afectan al colectivo celíaco:
Artículo 40. Medidas especiales dirigidas
al ámbito escolar, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de
Seguridad Alimentaria y Nutrición:
Punto 4: Las escuelas infantiles y los centros escolares
proporcionarán a las familias, tutores o responsables de todos
los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales
(intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades
que así lo exijan), la programación mensual de los
menús, de la forma más clara y detallada posible, y
orientarán con menús adecuados, para que la cena sea
complementaria con el menú del mediodía.
La información sobre los citados menús será accesible a personas con cualquier tipo de
discapacidad, cuando así se requiera.
Asimismo, tendrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los comensales la
información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, que sea exigible por
las normas sobre etiquetado de productos alimenticios.
Punto 5: En los supuestos en que las condiciones de organización e instalaciones lo permitan, las
escuelas infantiles y los centros escolares con alumnado con alergias o intolerancias alimentarias,
diagnosticadas por especialistas, y que, mediante el correspondiente certificado médico, acrediten la
imposibilidad de ingerir, determinados alimentos que perjudican su salud, elaborarán menús
especiales, adaptados a esas alergias o intolerancias. Se garantizarán menús alternativos en
el caso de intolerancia al gluten.
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